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  Bases de convocatoria de selección de personal (29/1/2010)

PRIMERO. Normas Generales

Es objeto de las presentes bases la contratación de una plaza de monitor/a de comedor Escolar en régimen de personal laboral temporal cuya duración del contrato es hasta fin de obra o servicio con una duración máxima de 6 meses.

SEGUNDO. Modalidad del Contrato

La jornada de trabajo será de 12 h. 30 min. semanales, fijando como días de descanso Sábados y Domingos.

La incorporación al puesto de trabajo se producirá el 8 de Febrero de 2010.

La retribución a percibir será la establecida según convenio regulador de personal laboral del Ayuntamiento de La Muela, aprobado en el B.O.P. nº 297 de 29 de Diciembre de 2009.

TERCERO. Condiciones de Admisión.

a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo.

b) Nacionalidad: Ser español, o bien ser ciudadano de un país miembro de la Unión Europea o demás extranjeros con residencia legal en España, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, del 12 de Abril. Del Estatuto Básico del Empleado Público.

c) Formación: GRADUADO ESCOLAR , TITULO DE MONITOR DE TIEMPO LIBRE Y CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS.

d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima distinta a la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso de personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

CUARTO. Forma y Plazo de Presentación de Solicitudes.

La solicitud deberá ir acompañada por:

* Fotocopia del D.N.I.
* Título acreditativo de la Formación requerida (Graduado Escolar, Título de
  Monitor de Tiempo Libre y Carnet de Manipulador de Alimentos)
* Currículo Vitae y Vida Laboral.

Deberá aportarse la documentación citada anteriormente, en el registro General del Ayuntamiento desde el mismo día de su publicación en el tablón de edictos municipal hasta el día anterior a la realización de la selección.

La selección de personal se efectuará el próximo día 5 de Febrero a las 11,00 horas.

QUINTA. Tribunal Calificador.

La composición del Tribunal Calificador, de conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad, estará constituido de la siguiente forma:

* Presidente
* Secretario
* Vocales que determine la convocatoria.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las dudas o reclamaciones que pudieran originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacer en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal por mayoría.

SEXTA. Procedimiento de Selección.

El procedimiento de Selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

* Experiencia (5 puntos)
* Formación (2 puntos)
* Prueba escrita y/o práctica (3 puntos).

Para acceder al puesto vacante será preciso tener al menos una puntuación mínima de 5 puntos.

SÉPTIMA. Publicidad

Las presentes bases se publicarán en el tablón de edictos municipal, radio y página web municipal.

OCTAVA. Lista de Espera.

El tribunal podrá acordar la creación de una lista de espera para posteriores plazas que queden vacantes de “Monitor/a de Comedor Escolar”, formada por los interesados que se personen ante el Tribunal y no hayan sido seleccionados para la plaza a la que se presentaron.

En La Muela a veintiocho de Enero de 2010


LA 1ª TENIENTE ALCALDE